SUNAT precisa la aplicación del requisito de transporte directo en los Tratados de Libre Comercio

La SUNAT dio a conocer las precisiones emitidas por el MINCETUR respecto a la aplicación del requisito de transporte directo de mercancías originarias en el marco de los acuerdos comerciales internacionales suscritos por el Perú. Los criterios buscan uniformizar la evaluación de este requisito cuando las mercancías transitan o son objeto de transbordo en un tercer país.

Entre las principales precisiones, se establecen los documentos que podrán presentarse para acreditar que las mercancías no estuvieron sujetas a almacenamiento temporal durante el tránsito, así como la documentación aplicable en operaciones bajo el TLC Perú–China y en aquellos casos en que el tránsito por un país no parte se justifique por razones geográficas o de transporte.

Asimismo, se recuerda que la SUNAT podrá requerir información adicional cuando existan observaciones sobre el cumplimiento de este requisito.

Impacto:

Los importadores deberán verificar que sus operaciones bajo los TLC cuenten con la documentación necesaria para acreditar el transporte directo y acceder a los beneficios arancelarios sin contingencias.